Portada » Indice » PARTE IV. MECANISMOS DE ACCIÓN CONJUNTA EN DERECHOS HUMANOS

1.3. Deber de proteger a defensores y grupos específicos Download PDF

Además, las INDH tienen una responsabilidad especial de ayudar a los que no pueden ayudarse a sí mismos. A menudo, los derechos de algunos grupos específicos resultan controvertidos o se ponen en duda. Las INDH son a menudo la única voz que puede y debe hablar en defensa de:

 – Los defensores de los derechos humanos.

– Los pueblos indígenas.

– Las personas de los colectivos de lesbianas, homosexuales, bisexuales y transexuales (LGBT o GLBT en sus siglas en inglés).

– Los trabajadores migrantes.

– Las personas con discapacidad.

– Las personas con VIH/SIDA.

– Las minorías raciales y nacionales.

– Los refugiados y las personas desplazadas.

– Las mujeres.

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