Portada » Indice » PARTE IV. MECANISMOS DE ACCIÓN CONJUNTA EN DERECHOS HUMANOS

1. Instituciones Nacionales de Derechos Humanos Download PDF

Entre las garantías de un amparo efectivo de los derechos humanos se encuentran la de constituir, desarrollar y fortalecer instituciones nacionales de carácter público e independientes de las demás estructuras del Estado, con amplio mandato y competencias claramente definidas en Constituciones y leyes, para velar por la protección y la promoción efectiva de los derechos humanos, sobre el entendido que la responsabilidad principal de la protección de los derechos humanos recae en los gobiernos.

A este conjunto de instituciones pertenecen los órganos del poder judicial, las fuerzas del orden, los órganos legislativos, los sistemas de enseñanza y otras figuras específicas a las que internacionalmente se ha dado el nombre de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH) como Protectores, Comisionados, Defensores del Pueblo o Ombudsman, con despacho propio o adscritos a los parlamentos. En Venezuela, esta función es cumplida por la Defensoría del Pueblo.

Los Principios de París es el instrumento regulatorio de las INDH a nivel internacional. Las INDH que cumplen son estos principios «son entidades singulares que no se parecen a otras partes del gobierno: no están bajo la autoridad directa del poder ejecutivo, del poder legislativo ni del poder judicial aunque, por regla general, responden directa o indirectamente ante el poder legislativo. Se mantienen a una distancia prudencial del gobierno y, sin embargo, es este el que se ocupa de su financiación de forma principal o exclusiva» –Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (Naciones Unidas).

Por otra parte, las INDH no solamente tienen diferencias de base y de competencias jurídicas de origen constitucional o legislativo a las ONG, sino que las INDH deben mantenerse neutrales en lo que respecta a la investigación de denuncias, ateniéndose al marco jurídico definido y a los principios generales de la justicia y el estado de derecho.

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