Portada » Indice » PARTE IV. MECANISMOS DE ACCIÓN CONJUNTA EN DERECHOS HUMANOS

1.2. Deber de vincularse con la Sociedad Civil Download PDF

Los Principios de París –OACDH México– exigen a las INDH que garanticen el pluralismo y mantengan vínculos con la sociedad civil, incluyendo en ella a:

Las organizaciones de derechos humanos (ONG, asociaciones y grupos de víctimas).
Las organizaciones cuya misión se basa en cuestiones afines.
Las coaliciones y las redes.
Las personas con discapacidades y las organizaciones que les representan.
Los grupos comunitarios (pueblos indígenas, minorías).
Los grupos de carácter religioso (iglesias, grupos religiosos).
Los sindicatos y las asociaciones profesionales de periodistas, abogados, jueces y  estudiantes.
Los movimientos de carácter social (movimientos por la paz, movimientos estudiantiles, movimientos por la democracia);
Los profesionales que contribuyan directamente al disfrute de los derechos humanos (trabajadores humanitarios, abogados, médicos y personal sanitario).
Los parientes de las víctimas.
Las instituciones públicas o casi públicas que realizan actividades para fomentar los derechos humanos (escuelas, universidades o instituciones de investigación).

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