Portada » Indice » PARTE II. DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL

Protección de derechos humanos en un estado de derecho Download PDF

El Estado es la única entidad que no puede comportarse como dueño de si mismo, ni puede estar sujetado a la “voluntad política” de quienes ejercen cargos de gobierno. Puesto que su razón de ser es ocuparse del bien público, está sometido y debe comportarse en estricto apego a las leyes, instituciones y obligaciones establecidas en el marco jurídico, así como velar por su cumplimiento.

Por lo tanto, es esencial que Que Nuestros Derechos Sean Ley (Amnistía Internacional). Las leyes sirven para lograr que los derechos humanos sean reconocidos y se transformen en derechos protegidos. Las leyes deben asegurar el reconocimiento formal de los derechos humanos o El Derecho a tener Derechos (Pérez Campos). De ello depende su exigibilidad y justicialidad.

La existencia de leyes contribuye además con la erradicación de la inseguridad jurídica en cuanto al ejercicio de los derechos, pone límites a las facultades del Estado para restringirlos, y evitan acciones o interpretaciones estatales arbitrarias o abusivas sobre los medios para garantizar cada uno de los derechos.

Pero, en el derecho internacional la expresión «Leyes» tiene una interpretación precisa. Deben ser sancionadas por el poder legislativo a través de procedimientos democráticos, según lo requerido en el derecho interno, y deben ser dictadas por razones del interés general y para el propósito para el cual fueron establecidas. Está prohibida la regulación de derechos humanos por decretos-ley.

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