Portada » Indice » PARTE II. DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL

4.1. Universalidad de los derechos humanos Download PDF

La universalidad es fundamento y principal característica de los derechos humanos y significa:

La Oficina del Alto Comisionado en Derechos Humano (OACDH) ha indicado que: “El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos”. En tal sentido:

  • La universalidad es base de todos los Tratados Internacionales en Derechos Humanos.
  • Todos los Estados han ratificado al menos uno de los Tratados y el 80% cuatro o más, adquiriendo obligaciones jurídicas con expresiones concretas de la universalidad.
  • Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.

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