El derecho a la manifestación pacÃfica, si bien es un derecho humano contenido en las libertades de reunión y de expresión, merece ser tratado de manera especial debido a que representa un modo de acción cÃvica para la exigencia y la defensa de derechos, altamente sensible a reacciones de gobierno y a polÃticas de Estado incompatibles con los derechos humanos  – Situación de Manifestaciones Públicas. Informe Anual CIDH, 2005. Es uno de los derechos que más pone en evidencia el grado de respeto y responsabilidad de un Estado con los derechos humanos y la fortaleza de sus instituciones democráticas para evitar y prevenir el uso abusivo o violento del poder público en contra de los ciudadanos.
Puede definirse como acciones para expresar por medios pacÃficos inconformidad o insatisfacción con problemáticas no resueltas de diversa Ãndole, llamar la atención pública sobre estas problemáticas y reclamar la urgente solución a las mismas. Las manifestaciones también pueden estar motivadas por la indignación, la disidencia o la resistencia ante polÃticas públicas o conductas de los poderes públicos que afectan de manera significativa el ejercicio de derechos.
En sus maneras de convocatoria y organización, adoptan múltiples formas y pueden ser llevadas a cabo por personas, grupos de personas u organizaciones. Se consideran manifestaciones, las protestas y concentraciones realizadas en espacios públicos, las huelgas y paros laborales –Principios de la OIT sobre el Derecho a Huelga, y las más extremas como las huelgas de hambre –Declaración de Malta sobre Personas en Huelga de Hambre.
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