Portada » Indice » PARTE II. DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL

4.3. Indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos I Download PDF

Todos los derechos humanos son indivisibles e interdependientes. Estas características se derivan de una concepción integral de los derechos, en los que no opera ninguna forma de jerarquía ni sus violaciones o consecuencias pueden tratarse aisladamente de otras en las que no se haya actuado en forma directa. Si la integridad se rompe, se afecta la persona como un todo y no sólo una parte de ella. La indivisibilidad significa que todos los derechos humanos están unidos por un mismo cuerpo de principios y que todos están situados a un mismo nivel. No hay derechos humanos más importantes que otros. A su vez, la interdependencia significa que todos los derechos humanos están interrelacionados. No puede afectarse un derecho sin afectar otros. Superar las fragmentaciones de los derechos humanos fue el objeto de la Proclamación de Teherán (1968) y de la Declaración de Viena (1993).

La especificidad de cada derecho o el orden en que fueron reconocidos a través de la historia, no indica superioridad, incompatibilidad o antagonismos entre derechos, como erróneamente se interpreta entre libertad e igualdad, libertades y derechos, derechos individuales y derechos colectivos, derechos civiles y políticos (DCP) y derechos económicos, sociales y culturales (DESC) o entre derechos a la democracia y derechos al bienestar. Por el contrario, la libertad e igualdad se necesitan una a la otra, así como se requieren mutuamente la democracia y el bienestar. Todos los derechos poseen dimensiones individuales y colectivas; y la exigibilidad de los DESC, como derechos plenos, no sería posible sin los DCP. A su vez, éstos dejarían de ser derechos para ser privilegios, si no se garantizaran los DESC a todas las personas. Como consecuencia de la indivisibilidad e interdependencia, es exigible un derecho no reconocido apelando a principios comunes de los derechos humanos y a los estándares y marcos de protección de otros derechos protegidos, haciéndolos complementarios entre sí –La interdependencia de todos los derechos humanos (Cançado Trindade).

CIVILIS Derechos Humanos | copyright © 2013.

Diseño y Desarrollo Quirón Redes Humanas C.A