Portada » Indice » PARTE II. DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL

Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humano Download PDF

Del mismo modo, respecto a la cooperación internacional las Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos establecen que:

  • El trabajo de los defensores/as de los derechos humanos implica con frecuencia la crítica de las políticas y actuaciones de los gobiernos. No obstante, los gobiernos no deben considerar negativa esta actitud. El principio de permitir la independencia de espíritu y el libre debate sobre las políticas y acciones del gobierno es fundamental, y constituye un modo sobradamente comprobado de establecer un nivel más alto de protección de los derechos humanos.
  • Los defensores/as de los derechos humanos pueden ayudar a los gobiernos a promover y proteger los derechos humanos. Como parte de los procesos de consulta, pueden desempeñar un papel fundamental para contribuir a elaborar la legislación apropiada, y ayudar a establecer planes y estrategias nacionales sobre derechos humanos.
  • En el marco de las medidas de apoyo a los defensores/as de derechos humanos, los programas de la Unión Europea y de los Estados miembros tienen la misión de: participar en la creación de redes de defensores/as de los derechos humanos a escala internacional y garantizar el acceso a recursos –en particular recursos económicos– procedentes del extranjero, así como el acceso a información sobre los recursos disponibles y la forma de solicitarlos – Manual Frontline Misiones UE y Noruega.

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