Portada » Indice » PARTE II. DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL
Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humano 
Del mismo modo, respecto a la cooperación internacional las Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos establecen que:
- El trabajo de los defensores/as de los derechos humanos implica con frecuencia la crÃtica de las polÃticas y actuaciones de los gobiernos. No obstante, los gobiernos no deben considerar negativa esta actitud. El principio de permitir la independencia de espÃritu y el libre debate sobre las polÃticas y acciones del gobierno es fundamental, y constituye un modo sobradamente comprobado de establecer un nivel más alto de protección de los derechos humanos.
- Los defensores/as de los derechos humanos pueden ayudar a los gobiernos a promover y proteger los derechos humanos. Como parte de los procesos de consulta, pueden desempeñar un papel fundamental para contribuir a elaborar la legislación apropiada, y ayudar a establecer planes y estrategias nacionales sobre derechos humanos.
- En el marco de las medidas de apoyo a los defensores/as de derechos humanos, los programas de la Unión Europea y de los Estados miembros tienen la misión de: participar en la creación de redes de defensores/as de los derechos humanos a escala internacional y garantizar el acceso a recursos –en particular recursos económicos– procedentes del extranjero, asà como el acceso a información sobre los recursos disponibles y la forma de solicitarlos – Manual Frontline Misiones UE y Noruega.